Seguro Complementario

SEGURO DE GASTOS MÉDICOS

El ahorro es la práctica de separar una porción de los ingresos mensuales de un hogar, una organización o un individuo, con el fin de acumularlo a lo largo del tiempo y destinarlo luego a otros fines. El ahorro puede ser público o privado, según quién lo realice. El ahorro es importante para tener una buena salud financiera y lograr metas personales o familiares. El ahorro se diferencia de la inversión en que esta última busca obtener una rentabilidad extra al dinero ahorrado.

Características

Existen distintos tipos de seguros de salud: catastrófico o enfermedades graves, gastos médicos, complementario de salud, dental, hospitalización, etc.

Normalmente los seguros catastróficos de salud contemplan un deducible (monto de cargo del asegurado) o una franquicia (monto mínimo a partir del cual la indemnización opera).

Normalmente excluyen los gastos médicos asociados a:

Las actividades o deportes riesgosos, como por ejemplo los deportes extremos, el manejo de explosivos, los trabajos en altura, etc.; o bien podrían ser aceptados por la compañía aseguradora con un incremento en la prima.

La incorporación en las condiciones generales de la póliza, de cláusulas de exclusión de cobertura por enfermedades o condiciones de salud preexistentes a la fecha de contratación, deberá sujetarse a lo siguiente:

La exclusión de cobertura deberá corresponder a una enfermedad, dolencia o situaciones de salud diagnosticada o conocida por el asegurado antes de la contratación del seguro. Para efectos de lo anterior, el modelo de condicionado deberá contemplar la obligación del asegurador de preguntar al asegurado acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura.

En las condiciones particulares se deberán establecer las condiciones especiales de aseguramiento, en virtud de la declaración efectuada por el asegurado, y haberlo consentido éste, mediante declaración especial firmada, la que formará parte integrante de la póliza. No será aplicable el consentimiento señalado, en el caso de seguros contratados colectivamente a favor de trabajadores o de afiliados a Servicios de Bienestar, por su empleador o el citado servicio, respectivamente, y siempre y cuando el pago de la prima sea íntegramente cubierto por éstos.

En caso de pólizas que aseguren a un grupo familiar, se entenderá que el asegurado corresponde al asegurado titular o principal de la póliza, quien paga la prima.

Solicite a la aseguradora o al corredor de seguros, en su caso, su contrato y verifique que las condiciones particulares correspondan a lo acordado. En caso de seguros colectivos, solicite su certificado de cobertura.

Tenga en cuenta la clasificación de riesgo de la compañía que ofrece el seguro de salud.

Compruebe que los corredores de seguros, se encuentren inscritos en los Registros de la CMF.

No trate con personas no autorizadas y denuncie en caso de detectar alguna irregularidad.

Tenga presente que las compañías de seguros pagan una comisión a los corredores de seguros por su labor de asesoría, quienes deben actuar en forma independiente con distintas compañías, y en algunos casos a sus agentes de ventas, quienes sólo pueden actuar para una compañía de seguros para la cual trabajan.

¿Cómo funciona?

Para el cobro de la indemnización, el asegurado debe completar el formulario de la compañía de seguros, el cual será llenado por el médico o prestador de los servicios médico.

Dicho formulario es analizado por la compañía de seguros para calcular el monto a indemnizar.

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